La autoidentificación: un derecho fundamental y poco reconocido
- Con Idenidad
- 30 ago 2022
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 4 oct 2022
La libertad sexual es un aspecto necesario para la dignidad las personas

Un jurista trabaja en su despacho. Fuente: Pexels.com
La orientación sexual y la identidad de género aparecen como el tercer motivo de delito de odio en España, según los datos del Ministerio del Interior, el mismo que recoge que en el caso de los delitos de LGTBfobia, las amenazas y las agresiones físicas suponen el 50 % de los acosos. La persecución de los delitos de odio en España se ve reflejada en el primer apartado del artículo 510 del Código Penal. En este artículo se especifica que se «limita su aplicación a los supuestos en los que esta conducta constituya una incitación al odio u hostilidad contra minorías» y se castigan los delitos de odio, en sus distintas expresiones, hasta con cuatro años de prisión.
Sobre las referencias de delitos de odio en el Código Penal, Susana Gisbert, fiscal delegada de Delitos de Odio de València y fiscal en el Juzgado de Violencia de Género, explica que es necesario que en la sociedad se conozca y se reconozca qué es un delito de odio, ya que el propio Código Penal indica que no cualquier discurso ni cualquier expresión puede considerarse como tal. «Cuando hablamos de este tipo de delitos tenemos que saber distinguir los términos en los que nos movemos», expone la fiscal. Gisbert señala que hay diferentes tipos de expresiones con las que incitar al odio y que es muy importante diferenciar cómo se aplican las penas en cada uno de los casos.
Entrevista a Susana Gisbert. Fuente: Elaboración propia
Por ejemplo, en el caso de Samuel Luiz, la fiscal explica que al delito de odio por agresiones verbales, se le sumó una pena de asesinato, y que en cada víctima el proceso judicial es distinto. Sin embargo, reivindica que hay una cosa en común entre todos los casos, y es la importancia de denunciar cualquier delito de odio. Gisbert apunta la necesidad de los poderes públicos para denunciar y perseguir estos delitos. Además, la delegada de Delitos de Odio subraya que «en este tipo de temas con un trasfondo social y de derechos humanos es fundamental que todo el mundo vaya de la mano».
Sobre el panorama actual sobre el reconocimiento de las personas LGTBI y sus derechos, Lola Cubells, profesora de Derecho Constitucional en la Universitat Jaume I de Castelló (UJI), y Doctora Internacional en Derechos Humanos, Paz y Desarrollo Sostenible, reconoce que hay muchos factores que se deben comprender. «Lo que no reconoce la ley, no existe», expone la doctora, quien asegura que la Ley Trans, recientemente propuesta en el Congreso de los Diputados, no solo es importante por su contenido, sino que va más allá, porque reconoce una realidad. «El derecho tiene una virtud, pero también tiene un peligro —explica Cubells— puede servir para abrir caminos de emancipación, pero también puede ser una camisa de fuerza, cuando no reconoce una realidad».
La docente reivindica que nos encontramos ante un momento muy importante, en cuanto a derechos se refiere, ya que hay más libertad a la hora de identificarse. «Parece algo caprichoso, pero no lo es», afirma la profesora sobre el derecho a la autoidentificación. Cubells asegura que estamos en un momento de grandes avances, aunque también reconoce que la evolución es muy lenta. Además, reivindica la importancia de todos y cada uno de los que forman esta sociedad y su papel en este progreso. «Las leyes son llaves que hay que utilizar para seguir transformando la sociedad, siempre hay que recordar que la conquista de derechos se debe a la sociedad», explica la doctora.
Fran Pardo es conocido por ser ciberactivista LGTBI y su caso de homofobia ha sido noticia ya que ha tenido que esperar un largo periodo de tiempo para que sea resuelto. El valenciano, que denunció haber recibido amenazas de muerte a través de Twitter por su orientación sexual, ha tenido que esperar siete años para conocer la sentencia de uno de sus amenazadores. Pardo lleva años asociado a LAMBDA, y expone que su situación ha sido muy difícil de llevar, ya que cuando recibió estas amenazas no pudo denunciar por el hecho de ser menor de edad. «Cuando todo esto ocurrió, yo solo tenía 17 años y me explicaron que necesitaba el consentimiento de un familiar para poder denunciar, lo que para mí fue un impedimento», argumenta el activista.
Entrevista a Fran Pardo. Fuente: Elaboración propia
Con su caso, Pardo denuncia que el proceso jurídico en los casos de LGTBfobia no siempre son fáciles, y que en su situación el final no ha sido el esperado después de tanto tiempo. «Al final solo han condenado a una persona de las veinte que denuncié», reivindica el activista. Para el integrante de LAMBDA, es evidente la necesidad de mejorar las herramientas del sistema jurídico español en cuanto a delitos de odio se refiere.
Además de hacer frente a un caso de ciberbullying, en 2017, Pardo tuvo que enfrentarse a una denuncia por supuesto delito de odio. El activista se manifestó en contra de los mensajes del autobús de Hazte Oír, una asociación española de extrema derecha y ultracatólica fundada por Ignacio Arsuaga, cuando visitaban València. En los mensajes de esta asociación se pueden leer cosas como «Los niños tienen pene, las niñas tienen vulva, que no te engañen» o «Si naces hombre eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo». La Policía Nacional denunció, bajo la Ley Mordaza, con una cantidad de 600 € al activista, quien se negó a abonar esta cantidad.
Pardo asegura que la Ley Mordaza oprime a los movimientos sociales y que en ese momento sintió una gran impotencia. «El hecho de sentarnos en un juicio ya significaba una victoria para ellos», expone el componente de LAMBDA. Finalmente, el joven y otras compañeras feministas solo fueron juzgados por los daños realizados al autobús. Sin embargo, el activista explica que siempre recordará este caso como un fallo de la justicia.

Recurso de elaboración propia a partir de datos del Ministerio del Interior
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